17 de agosto de 1825
"La Asamblea General de la República Bolívar, deseando fijar el Escudo de Armas del nuevo Estado, ha venido, en decretar y decreta lo que sigue:
1o El escudo de armas de la república de Bolivar estará dividido en cuatro cuarteles dos de ellos grandes, saber el de la parte superior y el del pie y el del medio dividido por la mitad, formará los otros dos.
2o- En el cuartel superior se verán cinco estrellas de plata sobre esmalte o campo azul, y estas serán significativas de los cinco departamentos que forman la República.
3o.- En el cuartel del pie del Escudo se verá el Cerro de Potosí, sobre campo de oro, y esto denotará la riqueza de la República en el Reino Mineral.
4o.- En el cuartel del medio, en el costado, ira grabado sobre campo blanco el árbol prodigioso denominado del pan, que se encuentra en varias de las montañas de la República, significándose por el la riqueza del Estado en el Reino, Vegetal.
5o.- Al costado de dicho cuartel se verá, sobre campo o esmalte verde, una alpaca, y esto significará la riqueza del Estado en el Reino Animal.
6o.- A la cabeza del Escudo se verá la Gorra de la Libertad y dos genios a los lados de ella, teniendo por los extremos una cinta en que se lea "República de Bolívar".
7o.- La Escarapela que han de llevar los ciudadanos de la República será bicolor, como sus banderas, es decir entre verde y punzó, y una estrella color de oro en el centro.
Comuníquese a S.E. el Gran Mariscal de Ayacucho, para que lo eleve a conocimiento de S.E. el Libertador, y lo mande imprimir, circular y publicar.
Dado en la Sala de Sesiones de Chuquisaca, a 17 de agosto de 1825.- José Mariano Serrano, Presidente.- Angel Mariano Moscoso, Diputado Secretario.- José Ignacio de Sanjines, Diputado Secretario."
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